La Justicia de Lomas de Zamora condenó a dos empresas de telefonía a pagar $16,5 millones más intereses a una pareja que pasó años reclamando por una torre de comunicaciones instalada a pocos metros de su vivienda. El conflicto comenzó a fines de los años 90 y derivó en una larga batalla judicial por las molestias y los riesgos que, según denunciaron los vecinos, generaba la estructura en una zona residencial.
La antena tenía 48 metros de altura y estaba ubicada a unos 25 metros de la casa. El predio contaba con equipos de radiocomunicación, antenas celulares, un grupo electrógeno y un sistema de pararrayos. La pareja sostuvo que la instalación afectaba su vida cotidiana y el uso de su propiedad, además de generarles preocupación por posibles incidentes.
La demanda se presentó en mayo de 2000. Durante el proceso se analizaron distintos episodios vinculados con el funcionamiento de la torre, entre ellos desperfectos en las luces de señalización y un incidente ocurrido en noviembre de 1999, cuando vecinos y bomberos intervinieron por la presencia de humo en el terreno.
Una torre cuestionada durante años
La estructura había obtenido la aprobación de los planos municipales en 1996. Sin embargo, una ordenanza aprobada en enero de 2001 prohibió las antenas instaladas a nivel del suelo o sobre construcciones existentes en sectores residenciales. En septiembre de 2002, el municipio clausuró la estación y ordenó retirar la torre.
Pese a esas medidas, el expediente registró que el predio continuó vinculado a la actividad de telefonía móvil durante los años siguientes. Una inspección realizada en junio de 2009 ya no encontró actividad radioeléctrica ni sistemas irradiantes, y la jueza consideró acreditado que la instalación había dejado de operar y había sido desmantelada.
La sentencia tuvo en cuenta las molestias y los riesgos asociados a una estructura de esas dimensiones, emplazada a escasa distancia de viviendas. No obstante, la Justicia descartó que hubiera pruebas suficientes para vincular las radiaciones de las antenas con los problemas físicos denunciados por la pareja. Las mediciones aportadas durante el juicio estaban por debajo de los límites máximos establecidos para la población, por lo que no se reconoció una indemnización por daño físico.
Cuánto cobrarán por el daño moral
El fallo estableció $10 millones para el hombre y $5 millones para su pareja por daño moral. Además, dispuso otros $1,5 millones para que él pudiera afrontar un tratamiento psicoterapéutico. El informe psicológico describió estrés y angustia, aunque señaló que el cuadro no le impedía continuar con sus actividades habituales.
La condena total quedó fijada en $16,5 millones, más los intereses correspondientes. El pago deberá realizarse dentro de los diez días posteriores a que la sentencia quede firme, según lo establecido en la resolución judicial.
El caso vuelve a poner en discusión los conflictos que pueden surgir cuando las instalaciones de infraestructura y telecomunicaciones conviven con zonas residenciales. Después de más de dos décadas de reclamos y trámites judiciales, la pareja obtuvo una reparación económica por el impacto que la presencia de la torre tuvo sobre su vida cotidiana, aunque la Justicia no dio por probados todos los daños que había denunciado.