Política

Régimen Penal Juvenil: la Justicia levantó la suspensión y la nueva ley vuelve a regir en la Provincia

La nueva Ley de Régimen Penal Juvenil volvió a quedar vigente en la provincia de Buenos Aires luego de que la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Lomas de Zamora revocara la medida cautelar que había frenado su aplicación durante 60 días.

La decisión fue tomada por la Sala I de la Cámara, que hizo lugar al recurso presentado por el Ministerio Público Fiscal contra el fallo de la jueza de Responsabilidad Penal Juvenil N° 2, Marta Pascual. La magistrada había suspendido la aplicación de la Ley 27.801 el 7 de septiembre, a partir de un hábeas corpus preventivo y colectivo presentado por una asociación civil.

El nuevo régimen establece un sistema penal específico para adolescentes de entre 14 y 18 años y modifica las reglas que se aplican frente a determinados delitos. La edad mínima de 14 años fue fijada por el Congreso al sancionar la Ley 27.801 y no por la reglamentación posterior.

Por qué la jueza había suspendido la ley

El planteo que había llevado a la suspensión no cuestionaba solamente el contenido de la norma, sino las condiciones concretas con las que cuenta la Provincia para aplicarla.

Pascual había advertido sobre problemas en los centros de privación de libertad bonaerenses, entre ellos cuestiones de infraestructura, alimentación, agua potable, educación, formación profesional y hacinamiento. Según había señalado, esos dispositivos no estarían en condiciones de recibir a una mayor cantidad de adolescentes sin afectar sus derechos fundamentales.

La magistrada también había advertido que la ampliación del universo de adolescentes alcanzados por el régimen podía producir un aumento de las detenciones y prisiones preventivas.

Qué dijo ahora la Cámara

La Cámara no desconoció esas dificultades, pero consideró que no podían justificar la suspensión general de una ley nacional mediante una medida cautelar.

Los jueces sostuvieron que las normas sancionadas por el Congreso cuentan con una presunción de legitimidad y que una eventual inconstitucionalidad debe analizarse en casos concretos, no mediante la suspensión de toda la ley para una provincia.

“Está vedado a los jueces analizar el acierto o inconveniencia de las leyes”, sostuvo la resolución, al señalar que la política criminal forma parte de las materias reservadas al Poder Legislativo.

La Cámara también remarcó que un juez no puede dejar sin efecto, aunque sea provisoriamente, una ley nacional para todo un territorio mediante una medida cautelar. Para fundamentar esa posición, citó un precedente de la Corte Suprema conocido como “Thomas”.

Qué contempla el nuevo régimen

La Ley 27.801 establece distintas respuestas según la gravedad del delito y las características de cada adolescente. Entre las medidas previstas aparecen la amonestación, restricciones de contacto o circulación, trabajos comunitarios, reparación del daño, monitoreo electrónico y penas privativas de la libertad.

En caso de que corresponda una pena de prisión, la norma establece que no puede aplicarse prisión perpetua y fija un máximo de 15 años.

El régimen también incorpora la figura de supervisores especializados para acompañar y controlar a los adolescentes cuando un juez determine determinadas medidas o sanciones. Entre otras tareas, deberán realizar entrevistas periódicas y elaborar informes sobre educación, formación, conducta y reinserción.

La discusión que sigue abierta

La decisión de la Cámara significa que la suspensión general quedó sin efecto, pero no clausura las discusiones sobre las condiciones en las que la Provincia deberá implementar el régimen.

De hecho, los camaristas señalaron que, si un adolescente detenido sufre una afectación concreta de sus derechos, el juez que intervenga en ese caso deberá adoptar las medidas urgentes correspondientes. Además, exhortaron a la administración bonaerense a garantizar los recursos necesarios para cumplir con los estándares constitucionales y convencionales aplicables a los menores privados de su libertad.

Así, la situación queda definida por dos cuestiones diferentes: la Ley 27.801 vuelve a regir en territorio bonaerense, pero la discusión sobre si existen recursos, infraestructura y condiciones suficientes para aplicarla queda abierta y deberá resolverse también en situaciones concretas.

Redacción Somos Citrica

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