La Justicia de Córdoba ordenó indemnizar a dos familias después de comprobar que dos bebés fueron intercambiadas por error al nacer en un hospital público de la provincia, en 1977. El caso recién salió a la luz más de cuatro décadas después, cuando una de las mujeres involucradas comenzó a sospechar sobre su identidad y se realizó un estudio de ADN.
Las dos niñas habían nacido el mismo día, el 25 de mayo de 1977, en la misma maternidad. Sin embargo, fueron entregadas a familias que no eran las correspondientes. El intercambio permaneció desconocido durante 46 años, hasta que una de las mujeres, ya adulta, se realizó una prueba genética junto a la madre que la había criado y el resultado determinó que no existía vínculo biológico entre ellas.
A partir de ese descubrimiento, la familia recurrió a la Comisión Nacional por el Derecho a la Identidad ante la posibilidad de que el caso pudiera estar relacionado con la última dictadura militar. Esa hipótesis fue descartada y, posteriormente, el Banco Nacional de Datos Genéticos confirmó en 2024 que las filiaciones estaban cruzadas con la otra mujer nacida ese mismo día en la maternidad.
El caso terminó en la Justicia y el juez Civil y Comercial de 35ª Nominación de Córdoba, Mariano Díaz Villasuso, responsabilizó a la provincia por la negligencia del personal de salud. “La principal obligación de una maternidad es brindar la diligencia necesaria y suficiente para que el parto se lleve a cabo en condiciones de seguridad y, luego, que los bebés sean entregados a sus respectivas familias”, sostuvo el magistrado.
La sentencia estableció una indemnización de $25 millones para la madre que recibió a la bebé equivocada y otros $25 millones para la hija por la alteración de su historia y sus vínculos familiares. La otra mujer involucrada recibirá $30 millones, monto que contempla además una incapacidad psíquica del 25% relacionada con las consecuencias de lo ocurrido. Todos los montos tendrán un interés anual del 8% desde la fecha de nacimiento.
La resolución, además, rechazó los reclamos presentados por nueve hermanos de ambas familias y limitó las compensaciones a las mujeres directamente afectadas y a la madre damnificada.