Nuevo revés para Milei: la Justicia frenó dos artículos clave de la reforma laboral
La reforma laboral de Javier Milei sumó un nuevo revés judicial. El juez federal Martín Cormick suspendió la aplicación de dos artículos de la Ley 27.802 que habilitaban responsabilizar a los abogados por reclamos laborales considerados excesivos y permitían pagar condenas judiciales en cuotas. La medida regirá durante tres meses o hasta que se dicte una sentencia definitiva, si eso ocurre antes.
La resolución hizo lugar a una medida cautelar presentada por el Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal, que cuestionó la constitucionalidad de las disposiciones por considerar que ponían en riesgo el ejercicio profesional, el cobro de honorarios y los derechos de los trabajadores que recurren a la Justicia.
El fallo no declara todavía la inconstitucionalidad definitiva de los artículos, pero frena temporalmente su aplicación y restablece las reglas anteriores mientras continúa el proceso judicial.
El riesgo de que los abogados paguen con su propio patrimonio
Uno de los artículos suspendidos es el 10, que modificó el artículo 20 de la Ley de Contrato de Trabajo. La reforma incorporó un criterio para responsabilizar solidariamente al trabajador y al abogado por las costas de un juicio cuando se determinara una sobreestimación de los créditos reclamados.
El juez Cormick cuestionó la falta de claridad de la norma y advirtió que la diferencia entre lo solicitado en una demanda y lo que finalmente reconoce una sentencia no alcanza, por sí sola, para establecer una responsabilidad. Según sostuvo, es necesario analizar la conducta del trabajador y de su representante en cada caso.
La preocupación de los abogados es que la posibilidad de afrontar gastos judiciales con su propio patrimonio pueda desalentar reclamos laborales legítimos. Un trabajador puede desconocer información necesaria para calcular una indemnización y el monto final también puede depender de las pruebas reunidas durante el juicio.
Con la cautelar, vuelve a regir temporalmente el texto anterior del artículo 20, que ya contemplaba la posibilidad de sancionar la pluspetición inexcusable, pero sin el nuevo criterio objetivo incorporado por la reforma.
También frenaron el pago de condenas en cuotas
El segundo artículo suspendido es el 56, que modificó el artículo 277 de la Ley de Contrato de Trabajo. Esa disposición permitía que las grandes empresas pagaran condenas judiciales en hasta seis cuotas mensuales, mientras que las micro, pequeñas y medianas empresas podían hacerlo en hasta doce.
El problema, según el planteo judicial, es que la redacción no distinguía con suficiente claridad si el fraccionamiento también alcanzaba a los honorarios profesionales incluidos en las costas del proceso.
Cormick advirtió que esa posibilidad podía afectar el derecho de propiedad de los abogados, cuya remuneración corresponde al trabajo realizado durante el juicio. Por eso, ordenó aplicar temporalmente las disposiciones de la Ley 27.423 para el cobro de los honorarios y restableció el régimen anterior en materia de pactos de cuota litis.
La decisión implica que las modificaciones cuestionadas quedan en pausa mientras avanza el expediente. No se trata de una anulación definitiva de los mecanismos, pero sí de un freno a dos disposiciones centrales de la reforma.
El reclamo de los abogados contra la reforma
La presidenta del Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal, Alejandra García, celebró la resolución y sostuvo que la medida protege tanto el ejercicio profesional como el acceso a la Justicia.
La entidad había advertido que responsabilizar a los abogados por la diferencia entre el monto reclamado y el reconocido en una sentencia podía condicionar su capacidad para defender a los trabajadores. También cuestionó que las condenas y los honorarios pudieran quedar sujetos a pagos fraccionados.
El Gobierno, por su parte, se opuso a la cautelar y defendió los cambios como una herramienta para desalentar reclamos exagerados y adaptar el pago de las condenas a la capacidad económica de las empresas.
Ahora, la discusión continuará en los tribunales. Mientras se resuelve el planteo de fondo, dos artículos de la reforma laboral impulsada por Milei quedan suspendidos por decisión judicial, en un nuevo capítulo de la disputa por el alcance de los cambios aprobados por el Congreso.





