Política

Qué hay en la reforma laboral: cambios en indemnizaciones, registración y plataformas digitales

El Gobierno avanza con un proyecto de Ley de Reforma Laboral, una propuesta que modifica de manera integral la Ley de Contrato de Trabajo y normas complementarias con el objetivo de reducir la litigiosidad, promover el empleo formal y actualizar las relaciones laborales a los nuevos modelos productivos, según el documento preliminar.

El borrador prevé la creación de un Régimen de Promoción del Empleo Registrado, que permitiría a los empleadores regularizar relaciones laborales no registradas o deficientemente registradas. Entre los beneficios ofrecidos figuran la condonación de deudas previsionales, multas e intereses, además de la baja del REPSAL, siempre que las empresas blanqueen a la totalidad del personal alcanzado.

En materia de registración, el documento propone centralizar la registración en la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) y suprimir el capítulo de multas por trabajo no registrado. No obstante, el borrador mantiene que la falta de registración constituye una presunción favorable al trabajador en caso de conflicto judicial.

Uno de los ejes principales del borrador es la modificación del régimen indemnizatorio. El texto redefine la base de cálculo, fija topes equivalentes a tres veces el salario promedio del convenio aplicable y establece un piso del 67% del salario normal y habitual. También habilita a los convenios colectivos a reemplazar la indemnización por un fondo de cese laboral sostenido por los empleadores.

El documento preliminar introduce además cambios en el artículo 212 vinculado a enfermedades y accidentes laborales, ajusta los criterios para la reincorporación del trabajador y establece distintas modalidades de indemnización según el tipo de incapacidad.

Otro capítulo relevante es la creación de un régimen especial para los repartidores de plataformas digitales, a quienes define como “trabajadores independientes”. El borrador fija obligaciones fiscales y de seguridad social, pero también derechos, como la posibilidad de rechazar pedidos sin justificación y el derecho a recibir explicaciones en caso de bloqueos en la aplicación.

En cuanto a los procedimientos de crisis y la negociación colectiva, el documento propone reforzar la obligación de negociar de buena fe, incorporar sanciones para las partes que entorpezcan el proceso y exigir mayor transparencia en la información que las empresas deben brindar a los sindicatos.

El borrador también plantea una nueva fórmula de actualización de créditos laborales —basada en IPC más un 3% anual— y fija límites para las causas en trámite con el fin de evitar indemnizaciones superiores a las que resultarían del esquema previsto.

Además, el texto analiza beneficios para incentivar la contratación de nuevos empleados, con reducciones temporales en las contribuciones patronales a distintos subsistemas de la seguridad social.

El proyecto seguirá siendo trabajado por el Ejecutivo antes de definir la versión final que será elevada al Congreso.

Modificaciones Clave a la Ley de Contrato de Trabajo (LCT)

El proyecto busca redefinir la relación laboral en varios puntos centrales:

  • Exclusiones: Se establece que las disposiciones de la LCT no serán aplicables a:Dependientes de la Administración Pública nacional, provincial o municipal, excepto que un acto expreso los incluya1.Contrataciones de obra, servicios, agencia y todas las reguladas en el Código Civil y Comercial de la Nación2.Trabajadores independientes y sus colaboradores3.Trabajadores independientes de plataformas digitales4.
  • Principio de la Norma Más Favorable: Se sustituye el artículo 9° de la LCT, estableciendo que la norma más favorable prevalecerá para el trabajador, pero el criterio de agrupamiento será “por instituciones” (es decir, el conjunto de normas que rige cada institución del derecho del trabajo), y no por la norma más favorable en abstracto5.
  • Costas Judiciales: En caso de “pluspetición inexcusable” (sobreestimación de los créditos reclamados), las costas deberán ser soportadas solidariamente entre la parte y el profesional actuante6.

Aspectos Fiscales y de Inversión

El proyecto también incluye un Título dedicado al Régimen de Incentivo para Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMES) de Inversión Productiva (RIMI) y cambios impositivos:__IP__

  • Actualización de Quebrantos: Los quebrantos generados a partir del 1° de enero de 2025 se actualizarán por el Índice de Precios al Consumidor Nivel General (IPC), en lugar de la normativa actual7.
  • Baja de Impuestos Internos: Se deja sin efecto el impuesto interno para seguros, servicios de telefonía celular y satelital, objetos suntuarios, y vehículos automóviles, embarcaciones y aeronaves8.
  • Exenciones en Ganancias: Se eximen las ganancias derivadas del alquiler de inmuebles con destino a casa-habitación9. Además, a partir de 2026, se exime el resultado derivado de la enajenación de inmuebles10.
  • Incentivos al Campo: Los titulares de establecimientos de invernada o engorde a corral podrán optar por métodos específicos para valuar sus existencias ganaderas11.

Derogaciones de Normas Históricas

El Título XXV del proyecto es el más extenso en derogaciones. Se eliminan, entre otras normas:

  • Artículos clave de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) N° 20.744, como el artículo 27, 28, 54, 61, 113, 174, 175, 176, 214, 215, 216 y 27512.
  • El artículo 6 de la Ley N° 11.544 (Jornada Legal de Trabajo)13.
  • Las leyes sobre Estatuto del Periodista Profesional (Nº 12.908) y el Estatuto del Viajante de Comercio (Nº 14.546)14.
Redacción Somos Citrica

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