Política

La Justicia confirmó la validez de la sesión en la que expulsaron Edgardo Kueider

La Cámara Contencioso Administrativo Federal confirmó la validez de la sesión del Senado en la que se expulsó a Edgardo Kueider por inhabilidad moral luego de ser detenido en Paraguay cuando intentaba ingresar con más de u$s200.000 en efectivo sin declarar.

Así lo resolvió la Cámara Contencioso al rechazar un recurso de Kueider para que se declare la inconstitucionalidad y/o subsidiariamente la nulidad de la Sesión Pública Especial celebrada el 12 de diciembre de 2024, en la que se votó y se dispuso su remoción del cargo de senador nacional.

La Sala V de la Cámara confirmó la decisión del juzgado de primera instancia que había rechazado la acción de amparo interpuesta por Kueider.

El ex senador sostuvo que fue “ilegítima y arbitrariamente removido pues la Vicepresidente de la Nación, Victoria Villarruel al presidir la sesión violó la Constitución Nacional”. Ello en la medida en que, en ese momento, estaba reemplazando al presidente en el ejercicio de sus funciones, pues este no se hallaba en el país.

Según Kuieder no debió, al mismo tiempo, haber presidido el Senado. Además, expresó que se vulneró su derecho de defensa y el debido proceso legal.

Invocó que no se le dio vista de las actuaciones ni se le otorgó la posibilidad de presentar su descargo y además alegó que la decisión cuestionada fue adoptada sin contar con pruebas suficientes, dado que se fundó solamente en la copia de un acta de imputación.

La Cámara Contencioso remarcó como regla que “la facultad de revisión judicial encuentra su límite en el ejercicio regular de las funciones privativas de los poderes políticos del Estado, ya que la función jurisdiccional no alcanza al modo del ejercicio de tales atribuciones, pues de lo contrario sería manifiesta la invasión del ámbito de las facultades propias de las otras autoridades de la Nación”

“La valoración y votación de los miembros del senado con respecto a la habilidad moral del amparista, se halla reservada al seno de ese órgano, en la medida en que la cláusula constitucional respectiva no impone más limitaciones que las que el propio texto del artículo 66 establece, es decir, dos tercios de los votos”.

“En consecuencia, no corresponde a los jueces pronunciarse sobre los aspectos no reglados que atañen al funcionamiento interno de ese cuerpo, lo que implicaría una clara interferencia con las funciones que les son propias y exclusivas”, sentenció el tribunal de apelación.

El planteo de Kueider fue rechazado “in limine” por la Cámara en la resolución firmada por los jueces Guillermo Treacy, Jorge Alemany y Pablo Gallegos Fedriani.

En la madrugada del 4 de diciembre, Kueider fue detenido junto a su secretaria, Magdalena Guinsel Costa, en el Puente de la Amistad, que une Foz do Iguazú (Brasil) con Ciudad del Este (Paraguay).

En el vehículo en el que viajaban se encontraron US$ 211.102, 640 mil guaraníes y $ 3,9 millones.

Esas sumas debieron ser declaradas ante la Dirección Nacional de Aduanas, pero los imputados no realizaron dicha declaración, lo que motivó la imputación por tentativa de contrabando en Paraguay.

En tanto, en Argentina Kueider afronta varias acusaciones en distintos expedientes judiciales abiertos antes del hecho en Paraguay.

Redacción Somos Citrica

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