Política

El Gobierno reglamentó la reforma laboral: ¿de qué se trata?

El Gobierno reglamentó este jueves los artículos de la Ley Bases que conforman la reforma laboral, con cambios en las indemnizaciones, un blanqueo para regularizar empleados y mayores facilidades para la contratación de trabajadores independientes.

Así, mediante el Decreto 847/2024, publicado en el Boletín Oficial, el Ejecutivo normalizó los artículos 76 al 81 del Título IV, «Promoción del empleo registrado»; y del 82 al 98 del Título V, «Modernización laboral».

En el marco de la flexibilización de las reglamentaciones impulsada por el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Stuzenegger, el Gobierno busca

-Promoción del empleo registrado

El Ejecutivo apunta a «promover el empleo registrado mediante un ‘blanqueo’ para regularizar las relaciones laborales no registradas o mal registradas cuyo vínculo haya iniciado antes de la promulgación de la ley».

Esto implica la condonación de, al menos, el 70% de la deuda por capital e intereses de los aportes y contribuciones patronales. En el caso de las micro, pequeñas empresas y las organizaciones sin fines de lucro llega al 90%; y 80% en las medianas. Cuando la deuda es con el Régimen del Sistema Nacional del Seguro de Salud y de las cuotas destinadas al Régimen de Riesgos del Trabajo, la condonación es del 100%.

-Sistema de cese: despidos e indemnizaciones

Se aplica un nuevo sistema de despidos, que elimina las actuales indemnizaciones y establece tres formatos, que se negociarán en cada convenio colectivo de trabajo: cancelación individual (pago directo del empleador al trabajador como sucede hoy), Fondo de Cese individual o colectivo (aportes mensuales acumulativos, con porcentaje y montos a acordar previamente) y Seguro individual o colectivo (con aseguradoras habilitadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación).

El sistema puede contemplar condiciones, modalidades y montos diferentes según la región, el tipo y las características de la empresa, actividad o subsector.

-Trabajador independiente con tres colaboradores

Por otro lado, los trabajadores independiente con hasta tres colaboradores tendrán un régimen especial creado por la Ley Bases, sin que esto se considere una relación laboral.

Para ello, deberán estar inscriptos en el régimen general de impuestos y recursos de la seguridad social u otro régimen correspondiente y prestar declaración jurada ante la AFIP respecto al carácter independiente de la relación.

No se limitan a ningún sector en particular ni se establecen topes en los montos. Tampoco se podrá limitar ni restringir la posibilidad de que el trabajador-colaborador realice otras actividades de forma simultánea.

-Simplificación laboral

Otro punto es de la llamada «simplificación laboral», que implica que un contrato de trabajo se considerará registrado con la sola inscripción en los sistemas de la AFIP.

-Presunción de contratos de servicios

Por último, ya no se presume que hay contrato de trabajo si se trata de contrataciones de obras o servicios profesionales u oficios a través de la emisión de facturas o el pago a través de los sistemas bancarios, sin importar la cantidad de facturas o recibos emitidos y/o cantidad de clientes a que se facture, lo que facilita las relaciones laborales encubiertas existentes hasta ahora.

Por otro lado, el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, se refirió al futuro de las indemnizaciones por despido luego de la reglamentación de los títulos «Promoción del empleo registrado» y «Modernización laboral» de la Ley Bases, parte de la reforma laboral, con flexibilización de condiciones de contratación y alternativas para el cese de trabajadores. «Estamos ante el cambio más importante en las relaciones laborales en años», aseguró.

«El Decreto 847/24, firmado por el presidente Javier Milei, reglamenta el capítulo laboral de la Ley Bases. El capítulo permite un blanqueo laboral, elimina la presunción de relación de dependencia en la contratación de servicios, implementa una simplificación en el registro laboral, flexibiliza las licencias por maternidad, elimina las multas en los juicios por indemnización, permite la contratación de trabajadores independientes, impone una cláusula antibloqueo y permite el diseño de sistemas de cese. Estamos ante el cambio más importante en las relaciones laborales en años», escribió en su cuenta de X (ex-Twitter).

El funcionario remarcó que «las multas por registraciones laborales defectuosas hasta triplicaban los costos de una indemnización por despido, fue impuesto con la mejor intención en 1992 con la idea de que castigar la mala registración obligaría a formalizar el empleo».

«Treinta años después es claro que no funcionó. La posible aplicación de multas aumentaron mucho el riesgo laboral y el cobro de una posible multa operaba para el trabajador como un incentivo a la mala registración. El resultado: 50% de los trabajadores en la informalidad. La eliminación de las multas busca desandar esta política, bien intencionada, pero que no funcionó», definió.

Redacción Somos Citrica

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