Política

Arrancó la veda electoral por las elecciones CABA 2025

Comenzó la veda electoral en la previa de las elecciones en la Ciudad de Buenos Aires que se desarrollarán el 18 de mayo, en la que más de 2,5 millones de electores están habilitados a votar por la renovación de 30 bancas de la Legislatura porteña. ¿Qué no se puede hacer?

La elección no incluyó la instancia de las Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) porque se modificó en febrero y nuevamente se utilizará el sistema de Boleta Única Electrónica (BUE), lo que fomentará la rapidez para votar y para los resultados.

La veda electoral comenzó a las 8, exactamente 48 horas antes de la apertura de los comicios y se extiende hasta tres horas después del cierre. En ese lapso, se prohíben las actividades y campañas que afecten a la elección en sí.

La disposición está incluida en el artículo 71 del Código Nacional Electoral y genera que pueda ejercer el derecho al voto en un clima de presiones.

Durante la veda hay una serie de actividades prohibidas aplicables para las agrupaciones políticas, medios de comunicación, ciudadanos y actores institucionales. No se pueden hacer:

  • Actos públicos de campaña
  • Publicación o difusión de encuestas o sondeos preelectorales desde el inicio
  • Espectáculos públicos al aire libre o en lugares cerrados que no estén vinculados al proceso electoral.
  • Venta de bebidas alcohólicas durante un período específico.
  • Apertura de locales partidarios a más de 80 metros de las mesas de votación.
  • Reuniones de electores o depósito de armas en viviendas cercanas a los centros de votación.
  • Fotografiar a la Boleta Única Electrónica antes de votar.
  • Difusión de proyecciones de resultados hasta pasadas las tres horas de cierre de comicios.

Elecciones CABA 2025: qué multas hay por violar la veda electoral

El incumplimiento de las reglas establecidas por el Código Nacional Electoral indica que puede haber:

  • Multas económicas de entre $10.0000 y $100.000.
  • Penas de prisión de 15 días a 6 meses para quienes comercialicen bebidas alcohólicas durante el periodo prohibido.
  • 15 días de prisión para personas que porten armas o exhiban insignias partidarias.
Redacción Somos Citrica

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